La venta de una vivienda está sujeta a una serie de impuestos, tales como el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), en caso de que se genere una ganancia patrimonial, y el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), también denominado plusvalía municipal, en caso de que se produzca un incremento del valor del terreno.
De este modo, en aquellos casos en que la venta genere una ganancia patrimonial a quien lo vende, la misma estaría sujeta a tributación por el IRPF, debiendo incluirla en la declaración de la renta. La ganancia patrimonial se calcula en base a la diferencia entre el valor al que se vende el inmueble o 'valor de transmisión' y el valor al que se compró en su momento o 'valor de adquisición', actualizándolo mediante un coeficiente que varía en función del año en que el inmueble fue adquirido.
El valor de la transmisión es el importe real de la enajenación del bien inmueble, restando los gastos y tributos inherentes a la transmisión que haya correspondido abonar al vendedor, mientas que el valor de adquisición es el importe real al que se adquirió el bien objeto de la venta, al que se debe sumar el importe de los gastos y tributos inherentes a la adquisición.